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BARRICK - Proyectos y Exploraciones, Proyectos - Pascua Lama
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Proyecto – Proceso de aprobación ambiental en Chile

Desde 1997 está vigente en Chile el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), creado bajo la Ley N°19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y Reglamentado por Decreto Supremo N°30/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (modificado por Decreto Supremo N°95/01). A este sistema de evaluación deben someterse, entre otros, los proyectos mineros como Pascua-Lama, que dada su envergadura y los potenciales impactos ambientales que puede generar en su área de influencia requieren la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

Fechas Eventos
03 Agosto 2000                       Presentación EIA
06 Octubre 2000 ICSARA N° 1
18 Diciembre 2000 Adenda N° 1
08 Febrero 2001 ICSARA N° 2
13 Febrero 2001 Adenda N° 2
16 Marzo 2001 Ampliación de plazo para pronunciamiento de CONAMA
09 Mayo 2001 RCA N° 39 Calificación Favorable
03 Julio 2001 RCA n° 59 modificaciones a RCA 39
06 Diciembre 2004 Presentación EIA MODIFICACIONES
02 Febrero 2005 ICSARA N° 1
09 Febrero 2005 Extensión de plazo respuestas Icsara 1 hasta 08 Abril
05 Abril 2005 Solicitud extensión de plazo respuestas Icsara 1 hasta 25 Abril
20 Abril 2005 Adenda N° 1
27 Mayo 2005 ICSARA N° 2
01 Junio 2005 Extensión de plazo respuestas Icsara 2 hasta 01 Septiembre
23 Agosto 2005 Extensión de plazo respuestas Icsara 2 hasta 14 Octubre
30 Septiembre 2005 Extensión de plazo respuestas Icsara 2 hasta 11 Noviembre
10 Noviembre 2005 Adenda N° 2
30 Diciembre 2005 ICSARA N° 3
05 Enero 2006 Extensión de plazo respuestas Icsara 2 hasta 10 Enero
10 Enero 2006 Extensión de plazo respuestas Icsara 2 hasta 16 Enero
13 Enero 2006 Adenda N° 3
15 Febrero 2006 RCA N° 24 Calificación Favorable

Revise el Estudio de Impacto Ambiental
Revise las modificaciones del Estudio de Impacto Ambiental

El SEIA contempla la participación de la comunidad durante el proceso de evaluación, permitiendo que ésta formule observaciones al proyecto y al EIA. Estas observaciones deben ser ponderadas por las autoridades en su evaluación. En la revisión y evaluación de un proyecto participan diversos servicios públicos con competencia ambiental, cubriendo los temas de salud, aire, agua, flora, fauna, patrimonio cultural, transporte, comunidad, entre otros. Durante el proceso, los servicios públicos pueden efectuar consultas a la empresa y requerir mayores antecedentes para llevar a cabo la evaluación, ante lo cual el titular o empresa debe entregar un “adenda” con la información solicitada.

El proceso culmina con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) emitida por la Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA), la cual es integrada por las máximas autoridades de la región en que se ubica el proyecto. Proyecto Pascua-Lama fue sometido en dos oportunidades al SEIA: la primera, en el año 2000, obteniendo la aprobación para llevar a cabo el proyecto según su diseño original el año 2001 (RCA N°39/01 modificada por RCA N°59/01 de COREMA Región de Atacama). A fines del año 2004, Barrick sometió nuevamente el proyecto al SEIA para obtener aprobación ambiental de ciertas modificaciones introducidas como resultado de un proceso de revisión y optimización del diseño. Esta segunda instancia de evaluación culminó en febrero de 2006 con la aprobación emitida por la COREMA Región de Atacama mediante RCA N°24/06.

El primer proceso de evaluación ambiental del Proyecto Pascua-Lama en Chile se desarrolló en  un lapso de 10 meses. Durante ese período hubo participación ciudadana a través de presentaciones del proyecto en diversas localidades del valle y las autoridades emitieron dos informes con consultas y solicitud de información complementaria, los cuales fueron respondidos mediante los correspondientes adenda. Durante este proceso surgió - por primer vez en el SEIA desde 1997- la inquietud por la afectación de tres glaciares (hoy clasificados como glaciaretes Toro 1, Toro 2 y Esperanza) debido al desarrollo de la mina a rajo abierto. El proyecto propuso remover masas de hielo de una parte de estos glaciaretes y trasladarlas hacia un sector adyacente. La COREMA Región de Atacama aceptó esta medida, pero exigió a Barrick que presentara un Plan de Traslado de Glaciares antes de proceder con la remoción de los hielos.

El segundo proceso SEIA comenzó en diciembre de 2004 e inicialmente se centró en las modificaciones específicas que Barrick había introducido al diseño del Proyecto. Al igual que en el caso anterior, se llevó a cabo un proceso de participación ciudadana en el valle, pero esta vez complementado con trabajos “puerta a puerta” en los valles de los ríos del Tránsito y del Carmen. Sin embargo, el escenario que encontró Barrick en esta segunda oportunidad fue adverso y recibió muchas críticas sobre los impactos ambientales que podría ocasionar en las aguas del valle, incluyendo la afectación de glaciares. Paralelamente las autoridades reorientaron el proceso de evaluación para que cubriera ya no solamente las modificaciones, sino el proyecto completo. Esto generó tres informes con consultas y solicitud de información complementaria. A partir del segundo de estos informes, Barrick abrió el análisis de las medidas de mitigación y compensación a las comunidades, particularmente a la Junta de Vigilancia del Río Huasco, haciendo participar a profesionales y asesores de dicha Junta. El objetivo fue asegurar la tranquilidad de los regantes a través de la incorporación de medidas de mitigación y control consensuadas que dieran garantía respecto de la calidad y cantidad de las aguas de la cuenca. El resultado de este trabajo es el actual diseño del sistema de manejo y tratamiento de los drenajes del depósito de estéril Nevada Norte, que, como se señaló previamente, cuenta con múltiples medidas de seguridad que operan en paralelo. El actual programa de monitoreo de las aguas de la cuenca, que incluye 87 puntos de control y un sistema de información “en línea”, también es el resultado de dicho trabajo.

En el segundo proceso de evaluación, luego de una larga y extensa discusión acerca de la intervención de los glaciaretes Toro 1, Toro 2 y Esperanza, en la que participaron numerosas autoridades, entidades académicas y organizaciones no gubernamentales, la autoridad resolvió no aceptar la remoción y traslado de masas de hielo, estableciendo en la resolución de calificación ambiental que el rajo abierto deberá desarrollarse sin afectar dichos glaciaretes.

En definitiva, un proceso que tomó cerca de 14 meses y requirió la presentación de tres adendas culminó con la RCA N°24/06 que aprueba la actual configuración del proyecto Pascua-Lama en Chile. Las condiciones y exigencias establecidas en esta resolución son, sin duda, de alta exigencia. Barrick dará cabal cumplimiento a todas y cada una de estas exigencias y mantendrá una comunicación abierta con las autoridades y la comunidad para dar tranquilidad en todo momento acerca del desempeño ambiental de la faena y, a la vez, ganar la confianza y credibilidad sobre la forma de desarrollar una Minería Responsable

  VEA TAMBIÉN:
Localización del proyecto Pascua-Lama